La Unión Europea ha introducido ajustes importantes en la implementación de la Corporate Sustainability Reporting Directive (CSRD) y sus estándares técnicos, los European Sustainability Reporting Standards (ESRS). Estos cambios, recogidos en el llamado Acuerdo Ómnibus, responden a la necesidad de ofrecer más flexibilidad a las empresas, facilitar su adaptación y garantizar que el proceso de reportar información ESG pueda desplegarse de manera escalonada y realista.
A continuación se detallan los puntos más relevantes de la reforma:
Parada temporal en el desarrollo de los ESRS sectoriales
Uno de los anuncios más destacados del Acuerdo Ómnibus es la pausa de dos años en la elaboración de los ESRS sectoriales, que debían proporcionar marcos específicos para sectores como la construcción, la energía, la alimentación, la automoción o los servicios financieros.
Esta pausa responde a:
- la elevada complejidad técnica que suponía diseñar estándares detallados para cada sector.
- la necesidad de dar más tiempo a las empresas para que implementen los ESRS generales existentes.
- la preocupación por la carga administrativa, especialmente para pymes y empresas no cotizadas expuestas indirectamente.
Pese a la pausa, las empresas tendrán que basar su información en los ESRS transversales actuales y aplicar el principio de doble materialidad para determinar qué temas sectoriales son relevantes.
Ajustes en la CS3D: despliegue progresivo de la diligencia debida
El Ómnibus II introduce modificaciones importantes en la CS3D, la normativa europea que obliga a las empresas a identificar, prevenir y mitigar impactos en derechos humanos y medio ambiente en toda su cadena de valor.
El texto oficial de referencia es la propuesta publicada en el portal EUR-Lex EUR-Lex – 52022PC0071 – EN – EUR-Lex, y fuentes jurídicas como ECIJA han explicado los cambios en profundidad. Acuerdo de la UE sobre el paquete Ómnibus II: simplificación de las normas de sostenibilidad (CSRD y CSDDD)
Los puntos clave introducidos por el paquete son:
- Un despliegue gradual de las obligaciones, según el tamaño de la empresa.
- Períodos más amplios para implementar sistemas de control, trazabilidad y gestión de riesgos.
- Reducción de la carga para empresas que operan con cadenas de suministro muy complejas.
- Más flexibilidad metodológica para definir qué riesgos son prioritarios y cómo se evidencian las medidas de diligencia debida.
Esta reforma busca evitar que la CS3D se convierta en un obstáculo operativo, manteniendo al mismo tiempo la ambición de reforzar la responsabilidad empresarial ante impactos sociales y ambientales.
Plazo de transposición en España
La CS3D establece que todos los Estados miembros disponen de 2 años para transponer la directiva a partir de su publicación oficial en el Diario Oficial de la UE (DOUE). Esto quiere decir que España tendrá un máximo de 24 meses desde esa fecha para adaptarla al derecho interno.
Como la directiva final todavía está pendiente de publicación oficial, el plazo exacto dependerá del momento en que entre en vigor. Pero el marco legal es claro y verificado: dos años de margen, sin excepciones.
Simplificación temporal para pymes cotizadas
Las pymes cotizadas siguen obligadas a reportar bajo el marco CSRD, pero el Ómnibus II introduce medidas de flexibilidad especialmente pensadas para ellas:
- un estándar simplificado ESRS para pymes, con menos indicadores obligatorios,
- períodos transitorios ampliados,
- menos requisitos cuantitativos en los primeros ejercicios,
- posibilidad de aplazar la obligación hasta el 2030 con justificación.
Esta simplificación quiere evitar que las pymes queden ahogadas por la complejidad metodológica, especialmente en lo relativo al cálculo de emisiones de Scope 3 o la recopilación de datos de cadena de suministro.
Refuerzo y flexibilidad en el principio de doble materialidad
El principio de doble materialidad —que exige analizar tanto cómo la sostenibilidad afecta a la empresa como el impacto de la empresa sobre el medio ambiente y la sociedad— se mantiene como pilar del sistema CSRD.
El Acuerdo Ómnibus no rebaja esta exigencia, pero introduce:
- más claridad sobre cómo documentar el proceso,
- flexibilidad para excluir temas no materiales si se justifica correctamente,
- orientaciones para que las empresas puedan realizar el análisis sin necesidad de estudios externos muy costosos,
- la posibilidad de hacer un uso más cualitativo de los indicadores en los primeros años.
Ajustes en el calendario de implementación de la CSRD
El paquete Ómnibus confirma y detalla el calendario de aplicación:
Para grandes empresas ya afectadas por la NFRD y las que entraron por primera vez en el ámbito CSRD se aplicó en los ejercicios 2024 y 2025 respectivamente.
- Ejercicio 2026: empresas cotizadas de tamaño mediano.
- Ejercicio 2027: pymes cotizadas, con posibilidad de aplazamiento hasta el 2030.
Este despliegue progresivo busca garantizar una transición ordenada y asumir la complejidad de las nuevas obligaciones de recopilación, verificación y digitalización de información.
Impacto global para empresas no obligadas directamente
Aunque muchas organizaciones no están obligadas de manera directa, los efectos del paquete Ómnibus son claros para todo el tejido empresarial:
- más solicitudes de información ESG por parte de clientes grandes,
- nuevos requerimientos documentales de homologación de proveedores,
- más presión para demostrar diligencia debida en la cadena de valor,
- demanda creciente de trazabilidad y controles internos.
La suma de la CSRD y la CS3D hace que la sostenibilidad corporativa pase de ser un ejercicio de reporte a ser un elemento central de gobernanza y gestión del riesgo.
Conclusión
El Acuerdo Ómnibus II representa un equilibrio entre ambición y practicidad, ya que mantiene la dirección estratégica del Green Deal europeo, pero introduce flexibilidad para que las empresas puedan adaptarse de manera realista. La combinación de cambios en la CSRD, la CS3D y los ESRS configura un marco que refuerza la transparencia y la diligencia debida, al mismo tiempo que reduce la presión inmediata para muchas organizaciones.
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