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Nota aclaratoria del Real Decreto 214/2025: registro de la huella de carbono

Qué implica para las empresas el nuevo marco de la huella de carbono
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  • Nota aclaratoria del Real Decreto 214/2025: registro de la huella de carbono
  • 1 de enero de 2026 por

    NOTA ACLARATORIA DEL REAL DECRETO 214/2025:

    El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha publicado, en diciembre de 2025, una nota aclaratoria sobre el Real Decreto 214/2025, una normativa que representa un paso decisivo en la lucha contra el cambio climático. Este decreto regula el registro de la “huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de CO₂” e introduce obligaciones específicas para las empresas en materia de sostenibilidad.

    La nota tiene como objetivo resolver dudas y concretar aspectos clave para la correcta aplicación del decreto: quién está obligado a cumplirlo, qué acciones se han de llevar a cabo, cuáles son los plazos y cómo se ha de publicar la información. Además, refuerza la conexión con los compromisos europeos e internacionales, como el Acuerdo de París y el objetivo de neutralidad climática para 2050.

    En un contexto donde la transparencia y la responsabilidad ambiental son cada vez más valoradas por clientes, inversores y la sociedad, esta normativa no solo es una exigencia legal, sino también una oportunidad estratégica para las empresas que quieren posicionarse como referentes en sostenibilidad.

    ¿Por qué es relevante esta nota?

    El Real Decreto 214/2025, aprobado en marzo y publicado en abril, establece que determinadas empresas deben calcular su huella de carbono y elaborar un plan de reducción de emisiones. La nota aclaratoria concreta aspectos esenciales: quién está obligado, cuál es el alcance del cálculo, plazos, publicación y aplicación en grupos empresariales. Esto da seguridad jurídica y ayuda a las organizaciones a prepararse para cumplir con la normativa.

    ¿Quién debe cumplir con la normativa?

    Según el artículo 11 del decreto, los sujetos obligados son aquellas empresas que ya deben presentar información no financiera (EINF), es decir:

    • Sociedades con más de 250 trabajadores.
    • Empresas con activo superior a 20 millones de euros o facturación anual superior a 40 millones de euros.

    Este criterio asegura que las grandes corporaciones, con mayor impacto ambiental, sean las primeras en asumir responsabilidades en materia climática.

    ¿Cuáles son las obligaciones principales?

    La normativa establece dos exigencias fundamentales:

    Cálculo anual de la huella de carbono

    • Incluye el alcance 1 y 2 (emisiones directas e indirectas por energía).
    • El alcance 3 es voluntario.
    • El cálculo debe seguir los factores de emisión oficiales del Ministerio.
    • El período de referencia es de 12 meses consecutivos.

    Plan de reducción de emisiones

    • Debe fijar un objetivo cuantificado a 5 años vista.
    • Compatible con el Acuerdo de París y la neutralidad climática 2050.
    • Incluir medidas concretas para lograr la reducción.
    • Si la empresa ya tiene un plan vigente que cumple los requisitos, puede continuar aplicándolo.

    Calendario y plazos

    • Las empresas deberán adaptarse a partir de 2026, con información referida al ejercicio 2025.
    • El plazo para presentar el cálculo y el plan coincide con el del EINF: seis meses después del cierre del ejercicio.

    Publicación y transparencia

    La información sobre la huella de carbono y el plan de reducción se ha de publicar gratuitamente y de manera accesible en la web corporativa durante cinco años. Esta medida refuerza la transparencia y permite a los consumidores e inversores valorar el compromiso climático de las empresas.

    Beneficios para las empresas

    Cumplir con esta normativa no es solo una obligación legal: es una oportunidad para mejorar la eficiencia energética, reducir costes operativos y acceder a financiación verde. Además, refuerza la reputación corporativa y posiciona a la empresa como líder en sostenibilidad, un factor cada vez más valorado por clientes e inversores.

    Alineación con Europa

    Este decreto se enmarca en la Directiva UE 2022/2464 sobre información de sostenibilidad y el Reglamento (UE) 2021/1119, que fija el objetivo de neutralidad climática para 2050. España avanza así hacia una economía baja en carbono, en sintonía con las políticas europeas.

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