Des de 2022, auma gestiona per a operadors d'infraestructures de telecomunicacions les autoritzacions administratives per a la retirada de nius de aves en torres y emplazamientos de todo el Estado: un servicio recurrente que concilia el mantenimiento y la seguridad de la red con la protección de las especies.
Ficha del proyecto
| Client | Operadors d'infraestructures de telecomunicacions (confidencial) |
| Mercado | Utilities |
| Ámbito de trabajo | Biodiversidad · Medio ambiente |
| Ubicació | España (múltiples comunidades autónomas) |
| Servicios | Memorias técnicas y gestión de autorizaciones de fauna |
| Período | 2022 – actualidad |
El reto
Los nidos en torres de telecomunicaciones pueden comprometer la seguridad estructural y la operativa de la red, pero su retirada está estrictamente regulada:
- Especies protegidas: muchas de las aves que nidifican en torres están protegidas por la Ley 42/2007 del patrimonio natural y de la biodiversidad.
- 17 marcos autonómicos: cada comunidad autónoma tiene órganos, criterios y procedimientos propios de autorización.
- Ventana temporal: las actuaciones deben planificarse fuera del período de nidificación y cría.
La solució auma
auma ha estandarizado un procedimiento que hace escalable un trámite caso a caso:
- Memoria técnica por emplazamiento con identificación de la especie, estado del nido y justificación de la actuación.
- Tramitación ante el órgano de fauna competente de cada comunidad autónoma, con seguimiento hasta la resolución.
- Planificació de les actuacions segons el calendari biològic de cada espècie i les condicions de cada autorització.
El resultado
- Servicio renovado año tras año desde 2022 por el conjunto de operadores del grupo cliente.
- Actuaciones de mantenimiento ejecutadas con cobertura legal plena y trazabilidad documental.
- Un único interlocutor técnico para todas las administraciones autonómicas implicadas.
La biodiversidad y el mantenimiento de infraestructuras críticas no están reñidos: con la tramitación adecuada, cada actuación se hace en el momento y la forma que la normativa de fauna exige.
Preguntas frecuentes
¿Se puede retirar un nido de una torre o antena?
Solo con autorización previa del órgano de fauna de la comunidad autónoma cuando se trata de especies protegidas. Retirar un nido sin autorización puede constituir una infracción grave de la normativa de patrimonio natural.
¿Cuándo se puede actuar sobre un nido?
Fuera del período de nidificación y cría de la especie, que varía según el ave y el territorio. La autorización fija la ventana temporal y las condiciones de la actuación, como la instalación de medidas antinidificación posteriores.
¿Qué debe contener la solicitud de autorización?
Una memoria técnica que identifique el emplazamiento y la especie, justifique la necesidad de la actuación (seguridad estructural, operativa de la red), describa el método y proponga medidas preventivas y compensatorias.
¿Gestionas infraestructuras con presencia de fauna protegida?
Estandarizamos la tramitación para que el mantenimiento de la red y la protección de las especies avancen juntos.
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